La justicia anula las ordenanzas de las ZBE ilegales, pero los ayuntamientos siguen tramitando multas como si nada hubiera pasado. En Madrid, la asociación de defensa de los automovilistas Dvuelta asegura haber ganado ya 1.333 sentencias contra el Consistorio en apenas 20 meses.
El goteo de resoluciones judiciales contra las zonas de bajas emisiones ya recorre España. En la mayoría de los casos el resultado se repite: la ordenanza que sostenía la restricción cae, pero el régimen sancionador sigue igual. La consecuencia para el conductor es incómoda: la multa que tiene en el buzón no se borra sola.
Lo que necesitas saber
- Por qué es importante: al menos 13 sentencias de tribunales superiores han anulado o cuestionado zonas de bajas emisiones en media España, y la base jurídica de las restricciones está en entredicho.
- Cómo te afecta: si te multan en una ZBE cuya ordenanza ha sido tumbada, la sanción sigue viva hasta que la recurras. La anulación del texto municipal no cancela de oficio las denuncias ya notificadas.
- Puntos clave y plazos: en Madrid, Dvuelta afirma ganar más del 90% de sus recursos y calcula que 3,5 millones de multas podrían caer. Para recurrir una multa de tráfico el plazo habitual es de 20 días naturales desde la notificación.
Qué han decidido los tribunales, y qué no
La lista de ciudades con pronunciamientos en contra es larga. Al menos 13 sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, Madrid, Asturias, Extremadura y Castilla y León han anulado de forma temporal las restricciones de estos municipios:
- Barcelona y Madrid.
- Gijón, en Asturias.
- Cornellá de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs, en el área metropolitana de Barcelona.
- Segovia y Ávila, en Castilla y León.
Conviene separar dos cosas que se mezclan en cualquier conversación de barrio. Una es que un tribunal tumbe la ordenanza. Otra, muy distinta, es que la multa notificada quede sin efecto. Lo primero ocurre cada vez más. Lo segundo exige que el conductor recurra y aporte el fallo: la anulación de la ordenanza no borra la multa por sí sola.
Anular una ordenanza no devuelve el dinero: la multa solo cae si el conductor la recurre y el juzgado le da la razón.
Madrid y Málaga: dos maneras de seguir multando

Madrid es el caso más repetido y también el mejor documentado. Dvuelta sostiene que gana más del 90% de los recursos que presenta contra las multas de la zona de bajas emisiones. El argumento que repite en los juzgados es formal: el Ayuntamiento no acredita documentalmente la instalación de carteles informativos, en lugares visibles, que avisen a los conductores de la captación y transmisión de datos o imágenes para el control de acceso, un requisito que exige la propia normativa municipal.
El dinero en juego no es menor. Según el estudio de la asociación, Madrid habría ingresado ya más de 200 millones de euros en multas de zona de bajas emisiones. Barcelona rondaría los 65 millones, y en Valencia y Sevilla se superarían los 25 millones en cada caso. Solo en la capital, Dvuelta calcula que más de 3,5 millones de denuncias podrían acabar anuladas.
Málaga muestra otra vía de conflicto. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló la regulación de acceso a la ZBE al considerar discriminatorio el trato distinto que daba a los vehículos domiciliados en la ciudad frente a los que no lo están. Aun así, el Ayuntamiento habría seguido tramitando sanciones hasta acumular casi 47.000 denuncias en ocho meses.
La portavoz adjunta del grupo municipal Con Málaga, Toni Morillas, ha reclamado al equipo de Gobierno que suspenda de inmediato el régimen sancionador y modifique la ordenanza. Su argumento es que el propósito de una zona de bajas emisiones debe ser reducir la contaminación, no recaudar, y que la movilidad sostenible no se construye a golpe de multa.
Qué queda por resolver
El punto de partida está en la obligación de implantar zonas de bajas emisiones en los municipios más poblados, una exigencia que llegó de la mano de la ley de cambio climático y que cada ayuntamiento ha desarrollado a su ritmo. Más allá de los casos judicializados, existe un marco general que explica por qué el mapa es tan desigual: lo que en una ciudad es una restricción firme, en la de al lado es una ordenanza en el aire. Para el lector que quiera entender el concepto, qué es una zona de bajas emisiones ayuda a situar el debate.
Para el conductor, la lectura útil es otra. Si tu municipio aparece en la lista de resoluciones judiciales, la multa no se arregla sola: hay que alegar. El plazo habitual para recurrir una denuncia de tráfico es de 20 días naturales desde la notificación, y una sentencia que anule la ordenanza se ha convertido en el mejor argumento para pedir que se retire la sanción. En los casos de discriminación por domicilio, como el de Málaga, el fallo afecta a un criterio concreto de la regulación, no a toda la restricción.
Lo que no conviene dar por hecho es que esta cadena de fallos vaya a desembocar en una suspensión general de las multas. Cada ordenanza es un texto distinto, cada ayuntamiento decide si recurre o si corrige, y las anulaciones conocidas son temporales mientras se resuelve el fondo del asunto. La oposición municipal reclama ya la modificación de las ordenanzas en las ciudades afectadas, pero no hay una fecha comprometida para esa revisión: dependerá de los recursos presentados y de la voluntad de cada consistorio.
Mientras tanto, la defensa del conductor sigue siendo la misma: recurrir con el fallo en la mano.

