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sábado, 24 enero 2026

El Tribunal Supremo dicta sentencia: «Estos patinetes eléctricos necesitan carnet para poderlos conducir»

La última sentencia del Tribunal Supremo confirma que un patinete eléctrico que alcanza 45 km/h no es un VMP, sino un ciclomotor.

Para conducir un patinete eléctrico no hace falta carnet de conducir… ¿O sí? La respuesta depende del tipo de Vehículo de Movilidad Personal (VMP) y de la velocidad máxima que pueda alcanzar, porque una sentencia del Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia.

Este 2026, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha cerrado mucho el cerco alrededor de los patinetes eléctricos, y lo seguirá haciendo este año cuando entre en vigor definitivamente el seguro obligatorio. Pero ya hay normas muy claras para los VMP, aunque hace unos años no había ley que los regulara. Así que la última sentencia del Alto Tribunal cierra una puerta y deja menos margen para la interpretación.

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Esta es la sentencia del Supremo que afecta a los patinetes

patinete eléctrico sabway diablo
Fuente: Sabway

El origen del fallo está en una situación que ocurrió en Barcelona en septiembre de 2021. Un conductor fue interceptado mientras circulaba con un patinete eléctrico Sabway Diablo, equipado con un motor de 1900 W que podía alcanzar los 45 km/h. Y no tenía carnet de conducir, porque suponía que no hacía falta para ponerse la mando de un patinete eléctrico. Sin embargo, la Policía no lo interpretó de la misma manera, así que le denunciaron y el asunto ha terminado en los tribunales.

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El Juzgado de lo Penal condenó a este conductor por un delito contra la seguridad vial, por conducir sin el carnet correspondiente. La Audiencia Provincial confirmó la sentencia, pero la defensa recurrió al Tribunal Supremo, alegando que debían considerar al patinete como un VMP y no como un ciclomotor. También argumentó que no se habían aportado pruebas periciales suficientes.

El Supremo ha rechazado el recurso y ha confirmado la condena, lo que crea un precedente legal. El magistrado Julián Sánchez Melgar deja claro en la sentencia que con estas características de potencia y de velocidad, no se puede considerar un simple patinete eléctrico. En realidad, la interpretación legal ya existía, pero ahora la máxima instancia judicial lo confirma.

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