La normativa para los patinetes eléctricos está a punto de cambiar. Hay normas que ya habían entrado en vigor para todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), y otras que lo harán este 1 de enero de 2026. Así que se acabó ese vacío legal que había para todos los patinetes y la Dirección General de Tráfico (DGT) cada vez es más estricta.
Esther tiene 35 años, es abogada y trabaja con casos de responsabilidad civil vinculados a siniestros urbanos. «Muchos usuarios creen que el patinete es un vehículo menor y que las consecuencias legales son limitadas, pero no lo son», explica.
La ley ya considera a los patinetes eléctricos como un Vehículo de Movilidad Personal, con derechos, pero también con ciertas obligaciones. Y si no las cumples, las multas pueden ser de hasta 1.000 euros.
1Las multas más habituales para los patinetes eléctricos
Uno de los primeros errores es pensar que el patinete queda fuera de la Ley de Seguridad Vial, pero no es así. Según la DGT, los conductores de VMP están sometidos a las mismas tasas de alcohol y drogas que cualquier otro vehículo. Por tanto, circular bajo los efectos del alcohol puede suponer multas de 500 a 1.000 euros; y en el caso de las drogas, 1.000 euros, además de la inmovilización del vehículo.
Igual que ocurre con cualquier otro vehículo, está totalmente prohibido utilizar el móvil, bajo sanción de 200 euros. Tampoco está permitido conducir con auriculares, no encender el alumbrado de noche, no llevar elementos reflectantes o circular sin casco, cuando la ordenanza municipal obligue a llevarlo.
A esto hay que sumarle el lugar por el que circulan los patinetes. Los VMP no pueden ir por aceras, zonas peatonales, travesías, autovías, autopistas ni vías interurbanas. Solo pueden hacerlo por carriles bici o por calzadas urbanas autorizadas. «Muchas sanciones no llegan por velocidad, sino por ir por donde no toca«, señala Esther.







