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Evita multas de hasta 800 euros: El ‘paso a paso’ de cómo registrar tu patinete eléctrico en la DGT

Registrar tu patinete eléctrico ya no es opcional. La DGT exige su identificación mediante una serie de pasos muy concretos. Saltárselos puede acarrearte fuertes sanciones económicas.

El patinete eléctrico ha pasado de ser un simple gadget urbano a convertirse en un medio de transporte habitual en muchas ciudades españolas. Rápido, cómodo y relativamente barato, su uso se ha disparado y con él, también, las dudas legales. ¿Es necesario registrarlo? ¿Debo tener seguro? ¿Qué pasa si no cumplo con la normativa de la DGT?

La Dirección General de Tráfico ha decidido poner orden y acabar con el vacío legal que rodeaba a los vehículos de movilidad personal. El resultado es una normativa más clara, pero también más exigente, que obliga a los propietarios de patinetes eléctricos a realizar una serie de trámites para circular sin riesgos… ni multas.

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¿Por qué la DGT exige el registro del patinete?

¿Para qué es este documento?
Fuente propia

El objetivo principal de la Dirección General de Tráfico es mejorar la seguridad vial y facilitar la identificación de los patinetes eléctricos. Hasta ahora, en caso de accidente o infracción, resultaba complicado vincular un VMP con su propietario. El registro soluciona ese problema y permite un mayor control.

Además, el sistema acerca a los patinetes eléctricos al funcionamiento de otros vehículos regulados; a fin no de poner trabas, sino de garantizar una convivencia más segura entre peatones, ciclistas, coches y VMP. Y sí, también de reducir comportamientos irresponsables que iban en aumento en muchas ciudades.