Aparcar en un parking privado suele transmitir una falsa sensación de “territorio sin ley”. Muchos conductores piensan que, una vez superada la barrera de entrada de un garaje comunitario, un centro comercial o un aparcamiento de pago, las normas de tráfico dejan de aplicarse. Nada más lejos de la realidad. De hecho, una parte importante de las sanciones que sorprenden a los conductores se producen precisamente en este tipo de espacios.
La duda es recurrente: ¿puede multarte la Policía o la Guardia Civil dentro de un parking privado? La respuesta no es tan simple como un sí o un no. El Reglamento General de Circulación (RGC) y la normativa de tráfico establecen matices muy concretos que conviene conocer para evitar sustos, discusiones innecesarias y, sobre todo, sanciones que se podrían haber evitado con un poco de información.
3Parkings comunitarios y garajes privados: el gran matiz
La situación cambia cuando hablamos de garajes comunitarios o parkings de acceso restringido, como los de una comunidad de vecinos o una empresa. En estos casos, el acceso está limitado a personas concretas y no al público en general.
Aquí el RGC no se aplica de forma automática. En principio, una infracción leve de circulación —como no respetar una señal pintada en el suelo o circular en sentido contrario dentro del garaje— no suele ser sancionable por tráfico, sino que queda en el ámbito de las normas internas o de la responsabilidad civil.
Sin embargo, hay excepciones importantes. Si dentro de un parking privado cerrado se comete una infracción grave o muy grave que afecta a la seguridad vial, los agentes sí pueden intervenir. Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, por ejemplo, puede ser sancionado incluso en un garaje comunitario.







