Durante los últimos años, los patinetes eléctricos se han convertido en una de las alternativas de movilidad urbana más populares en España. Son rápidos, cómodos, sostenibles y, sobre todo, prácticos para moverse por la ciudad sin depender del transporte público ni del coche. Sin embargo, su auge también ha traído consigo un aumento de accidentes, conflictos de convivencia en las calles y un vacío legal que ahora el Gobierno ha decidido cerrar de forma definitiva.
A partir de enero de 2026, los patinetes eléctricos tendrán una nueva consideración legal: pasarán a ser vehículos personales ligeros (VPL), y eso implica una serie de obligaciones que hasta ahora no existían. El cambio no solo busca aumentar la seguridad en las calles, sino también equiparar el uso de estos dispositivos al de otros vehículos motorizados. Entre los nuevos requisitos figuran el seguro obligatorio, el registro en la DGT, la matriculación visible y la homologación técnica. No cumplir con estos puntos podrá suponer multas de hasta 1.000 euros.
2El seguro obligatorio: una nueva carga… o una garantía de seguridad
El aspecto más controvertido de la nueva normativa es la obligación de contratar un seguro obligatorio para los patinetes eléctricos. Hasta ahora, este seguro era voluntario, pero desde enero pasará a ser un requisito legal para todos los vehículos que cumplan con los criterios técnicos del Real Decreto 1052/2025.
Este seguro cubrirá los daños personales y materiales que el usuario del patinete cause a terceros, igual que ocurre con los coches o las motos. Su precio estimado oscila entre 25 y 100 euros anuales, dependiendo de la cobertura y de la compañía. Puede parecer un gasto añadido, pero la DGT recuerda que circular sin seguro supondrá una infracción grave, con sanciones de hasta 1.000 euros y la posible inmovilización del vehículo.
En definitiva, aunque el seguro sea un coste adicional, se trata de una garantía de protección tanto para el conductor como para el resto de usuarios de la vía.








