Durante los últimos años, los patinetes eléctricos se han convertido en una de las alternativas de movilidad urbana más populares en España. Son rápidos, cómodos, sostenibles y, sobre todo, prácticos para moverse por la ciudad sin depender del transporte público ni del coche. Sin embargo, su auge también ha traído consigo un aumento de accidentes, conflictos de convivencia en las calles y un vacío legal que ahora el Gobierno ha decidido cerrar de forma definitiva.
A partir de enero de 2026, los patinetes eléctricos tendrán una nueva consideración legal: pasarán a ser vehículos personales ligeros (VPL), y eso implica una serie de obligaciones que hasta ahora no existían. El cambio no solo busca aumentar la seguridad en las calles, sino también equiparar el uso de estos dispositivos al de otros vehículos motorizados. Entre los nuevos requisitos figuran el seguro obligatorio, el registro en la DGT, la matriculación visible y la homologación técnica. No cumplir con estos puntos podrá suponer multas de hasta 1.000 euros.
1Un cambio de categoría: de juguete urbano a vehículo regulado
Hasta ahora, los patinetes eléctricos eran considerados vehículos de movilidad personal (VMP), una categoría creada por la DGT para regular de forma básica su uso. Sin embargo, esta definición no exigía elementos como matrícula, seguro ni registro. Eso generó una situación de descontrol en la que miles de patinetes circulaban por las calles sin posibilidad de identificar a sus propietarios, sin cobertura en caso de accidente y, en algunos casos, con potencias o velocidades ilegales.
Con la nueva legislación, esos vacíos legales desaparecen. A partir del 1 de enero de 2026, los modelos más potentes o pesados —capaces de superar los 25 km/h o con un peso superior a los 25 kg— se considerarán vehículos personales ligeros (VPL). Esta nueva categoría equipara su tratamiento legal al de un ciclomotor, lo que implica obligaciones similares: seguro de responsabilidad civil, registro en la DGT y matrícula visible.








