Si tienes un patinete eléctrico, la normativa va a cambiar a partir del 1 de enero de 2026. Si hasta ahora los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) eran sinónimo de flexibilidad e independencia, ahora vas a tener que cumplir algunas normas si quieres seguir disfrutando de todas esas ventajas.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha cerrado el vacío legal que había alrededor de los patinetes eléctricos. Cuando irrumpieron en nuestra vida hace ya unos años, no había demasiada regulación al respecto e incluso los veíamos compartir acera con los peatones. Después, pasaron a poder circular solo por la carretera, aunque hay muchas otras cuestiones que quedan a discreción de las ordenanzas municipales.
Por eso, la intención de Tráfico ha sido poner un marco común para algunas cuestiones. Por eso, a partir de 2026 será obligatorio registrar el patinete, llevar identificación visible y tener contratado un seguro. Todo con el fin de proteger a todos los usuarios en caso de accidente, poder identificar al conductor y que alguien se haga responsable en caso de daños. Eso sí, hay otras cuestiones que seguirán quedando reservadas para las ordenanzas municipales.
En 2026 será obligatorio registrar a tu patinete eléctrico

Lo primero que tienes que hacer para circular de manera legal es acudir a la DGT para registrar tu patinete eléctrico. Todos los comprados a partir del 22 de enero de 2024 tienen que contar con un número de identificación y la correspondiente etiqueta visible en el vehículo. Además, desde esa fecha solo está permitido vender patinetes homologados por la DGT.
La única excepción es para los vehículos comprados antes de esa fecha, pues tienen una moratoria hasta el 22 de enero de 2027. A partir de entonces, solo podrán circular los patinetes homologados y registrados en la DGT. No cumplirlo conlleva multas de hasta 1.000 euros y la imposibilidad de seguir utilizando el patinete hasta que el propietario no regularice la situación.
Comprueba también que la matrícula está bien colocada y sea legible, porque es la única manera de identificar al conductor. Vendrá bien en caso de infracción y también para controlar mejor cualquier incidente o siniestro.
Además, que tu patinete esté homologado significa que cumple con todos los requisitos de la DGT en cuanto a la seguridad y visibilidad, así que debe contar con luces homologadas, reflectantes laterales, sistema de freno doble, avisador acústico y pata de cabra o caballete central.
También será obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil

Otra de las cuestiones más comentadas en estos últimos meses es que todos los patinetes eléctricos tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil, según la nueva Ley de Seguros de Automóviles. Algo así como el seguro a terceros de un coche. Es una cobertura que protege ante daños a terceros en caso de accidente. Y si decides no contratar el seguro, además de la multa, tendrás que hacerte cargo de todos los costes en caso de ser el culpable de un accidente.
El coste anual de la póliza oscila entre los 20 y los 100 euros al año, según el modelo de patinete y el tipo de cobertura. No es lo mismo si solo coges tu patinete de manera puntual que si lo utilizas a diario para ir a trabajar o a estudiar. Hay pólizas que se adaptan bien a todas las necesidades, así que podrás pagar solo por las coberturas que de verdad necesites. Igual que con un coche.
Además, circular sin seguro conlleva multas de 200 a 1.000 euros, y no poder circular hasta regularizar la situación. Aunque no sea obligatorio, pero nunca está de más que lleves contigo una copia impresa o digital en el móvil.








