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viernes, 2 enero 2026

Circular en patinete eléctrico por la ciudad cambiará por completo en 2026: seguro y chaleco ya no son opcionales

Este 2026 será obligatorio llevar un chaleco reflectante en tu patinete eléctrico y también tener contratado un seguro de responsabilidad civil.

Este 2026 va a ser un año de cambios para conductores y usuarios en general de prácticamente cualquier vehículo, porque llega cargado de novedades. También para los patinetes eléctricos, esos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que tan de moda se han puesto en los últimos años y que ahora la Dirección General de Tráfico (DGT) poco a poco va limitando.

El motivo es el aumento de los accidentes con patinetes involucrados en los últimos años y la necesidad de acotar lo que pueden hacer en las ciudades. Por eso, en 2026 llega para ellos el seguro obligatorio (aunque no tan pronto como pensábamos) y el chaleco en algunas situaciones.

El seguro para patinetes eléctricos será obligatorio en España

patinete eléctrico
Fuente: DGT

Hasta ahora, el seguro para patinetes eléctricos dependía más de las ordenanzas municipales, igual que otras cuestiones, como el uso del casco. Con la nueva normativa, deja de ser así y pasará a ser una norma común en todo el territorio.

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La base legal ya existe. La Ley 5/2025, que modifica la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, establece que los vehículos personales ligeros deberán contar con un seguro de responsabilidad civil. En la práctica, la inmensa mayoría de patinetes eléctricos están incluidos en la norma. Son todos los patinetes a motor, con una sola plaza y velocidades máximas de entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kilos, o hasta 14 km/h si superan ese peso.

El objetivo, por un lado, es proteger a las víctimas de accidentes. Hasta ahora, si el responsable se declaraba insolvente, no había quien cubriera los daños. Por el otro, la ley también busca cerrar un vacío legal que cada vez complicaba más la convivencia de peatones con ciclistas, coches y otros usuarios de la vía.

Según la propia ley, si un patinete provoca un accidente sin seguro, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien indemnice a la víctima y luego reclame al propietario. Por eso, circular en un patinete eléctrico sin seguro estará castigado con multas de entre 200 y 1.000 euros, según la gravedad. No merece la pena arriesgarse a la sanción, porque una póliza para un patinete eléctrico puede costar entre 20 y 100 euros al año.

El seguro no será obligatorio en enero de 2026

normativa patinetes eléctricos
Fuente: RACE

La DGT lleva meses avisándonos de que el 1 de enero de 2026 será obligatorio tener contratado el seguro en un patinete eléctrico. Sin embargo, hace solo unos días que han reconocido que la entrada en vigor de la norma tendrá que esperar.

Tráfico ha explicado que el registro obligatorio de vehículos de movilidad personal aún no tiene cobertura jurídica. Es decir, el desarrollo técnico sí que está listo, pero el Real Decreto que regula la inscripción (necesaria para después contratar el seguro) no se va a poder aprobar a tiempo. Y sin ese registro de la DGT de patinetes eléctricos, no hay posibilidad de tener contratado un seguro.

¿Entonces? La mayoría de patinetes eléctricos no están obligados, de momento, a tener seguro, aunque es simple burocracia y todo apunta a que entrará en vigor en unos pocos días.

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Pero ojo con la excepción. Los VMP con un peso superior a 25 kilos y velocidad mayor a 14 km/h, sí deberán estar asegurados, incluso sin ese registro. En estos casos, el periodo transitorio finaliza el 26 de enero de 2026, tal y como recoge la propia Ley 5/2025.

¿El chaleco reflectante es obligatorio en patinetes?

seguro obligatorio patinete eléctrico
Fuente: propia / IA

El chaleco reflectante es otro de los elementos que más dudas genera. El borrador del nuevo Reglamento General de Circulación (RGC) no obliga a todos los usuarios de patinetes a llevar chaleco reflectante en cualquier circunstancia. Está pensado para quienes desarrollen una actividad profesional con vehículos de movilidad personal, como repartidores, y circulen por vías urbanas.

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En cambio, el chaleco no va a ser obligatorio para particulares, a menos que una ordenanza municipal así lo exija. En cualquier caso, sí que es recomendable en situaciones de baja visibilidad, aunque la ley no te obligue a llevarlo.

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