Todos sabemos cómo funcionan las autopistas de peaje y que circular por ellas implica pagar una tarifa. Para buena noticia de los conductores que a diario pasan por alguna de ellas, hay una sentencia histórica del Tribunal Supremo que ahora obliga a las empresas concesionarias a devolver parte del dinero que pagaron los conductores que en algún momento se han ‘comido’ un atasco o unas obras.
Resumiendo mucho la sentencia del Supremo, las autopistas de peaje no pueden cobrar la tarifa completa si no prestan el servicio con unas buenas condiciones, y ahí está incluida la fluidez en el tráfico. De momento, aplica a una autopista en concreto, pero lógicamente la Sentencia sienta un precedente para el resto de empresas concesionarias.
La sentencia histórica del Supremo sobre las autopistas de peaje

La sentencia 1441/2025, emitida el pasado 17 de octubre de 2025 por la Sala de lo Civil del Supremo, da la razón al Ministerio Fiscal frente a la concesionaria (Audasa) de la autopista AP-9, más conocida como Autopista del Atlántico. Entre 2015 y 2018 realizaron obras para mejorar la autopista y ampliar carriles en varios tramos, y según la Dirección General de Tráfico (DGT) se registraron 202 episodios de retenciones, 81 de ellos especialmente graves.
A pesar de esto, la empresa siguió cobrando a los conductores el peaje íntegro e incluso subió de precio en enero de 2018, unos meses antes de finalizar los trabajos. El Supremo ahora considera que es una práctica abusiva, porque no hay equilibrio entre la tarifa que paga el conductor y lo que realmente recibe. Si la concesionaria no puede garantizar una circulación segura, fluida y regular, está incumpliendo lo más esencial del servicio.
Por tanto, cobrar el precio completo sin advertir a los usuarios de las obras y las posibles retenciones va en contra de sus derechos. La Sentencia insiste en la falta de información previa, pues cree que es responsabilidad de la concesionaria informar con suficiente antelación de las obras y de su impacto en el tráfico. Todo con el fin de que puedan decidir antes de acceder a una autopista de peaje.
Cómo reclamar por los peajes de la AP-9

¿Y ahora? Audasa debe devolver el importe a los conductores que se vieron afectados por esa congestión (más intereses). Ya han habilitado un buzón de correo electrónico al que todos los conductores afectados pueden acudir para reclamar el dinero que pagaron, previa presentación de la documentación que lo acredite:
- Acreditación de su condición de consumidores mediante los documentos que estimen oportunos (informe de vida laboral, publicación en boletín oficial de nombramiento como funcionarios, resolución o comunicación que acredite la condición de pensionista…).
- Acreditación de que circularon por tramos de la AP-9, afectados por las 81 incidencias enumeradas en esta sentencia, durante las fechas y franjas horarias señaladas en cada una de esas incidencias.
- Acreditación de las cantidades concretas abonadas por peajes en esos tramos afectados por las 81 incidencias.
Eso sí, habiendo pasado 10 años en algunos casos, es probable que la inmensa mayoría de conductores no recuerden si pasaron por esta autopista de peaje en uno de los 81 momentos que señala la sentencia. Y si lo hicieron, también es probable que no guarden los recibos que lo demuestran.
En cualquier caso, la sentencia del Supremo sienta precedente y es un aviso para el resto de concesionarias. Si no prestan el servicio en su totalidad, no tienen derecho a cobrar la tarifa del peaje íntegro. Por tanto, si hay más reclamaciones que afecten a otras autopistas por estos mismos motivos, los conductores tienen todas las papeletas de ganar.








