La implantación de la V-16 conectada está a la vuelta de la esquina. A partir del 1 de enero de 2026, será el único dispositivo de emergencia autorizado en España. ¿Su función? Aumentar la seguridad, mejorar la visibilidad y evitar tragedias. Pero lo que muchos conductores aún no saben es que este pequeño dispositivo puede convertirse en detonante de multas, problemas con el seguro e incluso responsabilidades penales.
Empresas como Netun Solutions, pionera en el desarrollo de balizas conectadas, ya advierten de las consecuencias legales de no cumplir con la normativa. No llevar una V-16, no usarla en caso de emergencia o llevar una no homologada es más que una infracción leve: puede afectar a tu bolsillo, a tu póliza o incluso a tu libertad. Suena exagerado, pero la legislación es clara.
5¿Quién tiene que comprar la V-16 en un vehículo de renting?
En los vehículos de renting, la duda es habitual: ¿quién se encarga de la V-16? Según el Reglamento General de Vehículos, el titular es quien debe asegurarse de que este dispone de todos los elementos obligatorios, incluida la baliza V-16 conectada. Y en un coche de renting, el titular es la empresa arrendadora, por lo que deberían ser quienes doten al vehículo del dispositivo.
No obstante, cada contrato puede incluir cláusulas específicas que trasladen esa responsabilidad al conductor o empresa arrendataria. La recomendación es revisar las condiciones antes de firmar o, si ya tienes un renting, consultar con la compañía. Lo esencial es que el vehículo circule equipado. Solo así evitarás las posibles multas y consecuencias legales.








