Las multas por exceso de velocidad vuelven a estar en el punto de mira en 2026. Los cambios normativos, la expansión de los radares y una mayor vigilancia hacen que cada vez sea más fácil recibir una sanción sin darnos apenas cuenta. Basta un despiste, una señal mal visible o confiarse en un tramo conocido para acabar con una notificación en el buzón o en la app de la DGT.
En Motor16 analizamos a fondo cómo queda el panorama este año: qué límites se aplican, cómo funcionan los radares, qué multas están previstas y, sobre todo, qué opciones reales tiene el conductor para recurrir una sanción sin pagar si considera que no es justa. Porque sí, recurrir sigue siendo posible. Pero hay que hacerlo en plazo y bien.
4Pagar o recurrir: ¿qué conviene más?
Al recibir una multa por radares, el conductor tiene dos caminos. El primero es el pronto pago: abonar la sanción dentro de los 20 días naturales desde la notificación, beneficiándose de un descuento del 50%. Es la vía rápida y evita complicaciones, pero implica renunciar automáticamente a cualquier recurso.
La segunda opción es recurrir. Aquí no hay descuento, pero sí la posibilidad de que la multa quede sin efecto. Para ello, deberás presentar alegaciones en un plazo de 20 días tras recibir la notificación. Revisa con lupa la sanción y solicita pruebas: fotografía del radar, certificado de verificación del cinemómetro y datos técnicos del dispositivo. Con el aumento de radares, también crecen los errores administrativos.








