Las multas por exceso de velocidad vuelven a estar en el punto de mira en 2026. Los cambios normativos, la expansión de los radares y una mayor vigilancia hacen que cada vez sea más fácil recibir una sanción sin darnos apenas cuenta. Basta un despiste, una señal mal visible o confiarse en un tramo conocido para acabar con una notificación en el buzón o en la app de la DGT.
En Motor16 analizamos a fondo cómo queda el panorama este año: qué límites se aplican, cómo funcionan los radares, qué multas están previstas y, sobre todo, qué opciones reales tiene el conductor para recurrir una sanción sin pagar si considera que no es justa. Porque sí, recurrir sigue siendo posible. Pero hay que hacerlo en plazo y bien.
3Funcionamiento y margen de error de los radares
Un aspecto importante en 2026 es el margen de error de los radares. No todos los cinemómetros miden igual ni están sujetos a las mismas tolerancias. La normativa establece márgenes distintos según se trate de radares fijos o móviles, si son de verificación periódica o nuevos en fase de prueba, y según la velocidad a la que se circule.
Hasta 100 km/h, el margen de los radares es de 3 km/h para fijos en fase de pruebas; de 5 km/h para fijos de verificación periódica y móviles en prueba; y de 7 km/h para los móviles de verificación periódica. A partir de esa velocidad, los márgenes se calculan en porcentaje: 3%, 5% y 7%. El dato es fundamental a la hora de recurrir multas, pues la Administración está obligada a aplicar el margen correspondiente antes de determinar la velocidad sancionable. Si no se ha hecho correctamente, la sanción puede ser anulable.








