La multa de 200 euros por guardar sitio de aparcamiento de pie o con cajas en la calzada

El reglamento no prohíbe de forma expresa reservar un hueco, pero tres artículos permiten sancionarlo. La multa habitual es de 200 euros y los agentes han reforzado la vigilancia en zonas de alta rotación.

Guardar sitio de aparcamiento de pie en la calzada o con cajas cuesta 200 euros de multa.

Qué dice el reglamento: no lo prohíbe, pero lo castiga por tres vías

No busques un artículo que diga literalmente ‘prohibido reservar plaza’. No existe. Ahora bien, el Reglamento General de Circulación tiene tres rendijas lo bastante anchas como para que un agente te sancione si te pilla en plena maniobra. Y no hace falta que la grúa se lleve el coche delante de tus narices: basta con que el agente interprete que estás ocupando la calzada sin motivo justificado. Puedes leer el texto íntegro en el Reglamento General de Circulación publicado en el BOE.

La primera vía es la del acompañante plantado en el hueco. Ese peatón está invadiendo la calzada y el artículo 122.6 del Reglamento General de Circulación es bastante explícito: cuando existe refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún peatón debe permanecer detenido en la calzada, ni siquiera esperando un vehículo. Traducido a la vida real: si el agente considera que tu acompañante está reservando un espacio que es para coches, la sanción puede llegar a 100 euros. Es una infracción leve, no resta puntos, pero se paga.

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La segunda vía es más cara. Si eres tú quien coloca el coche ocupando dos plazas o cruzando una línea continua para que entre el vehículo de un amigo, entras de lleno en el artículo 91 del Reglamento General de Circulación, el que regula paradas y estacionamientos. Su apartado 91.2.a considera peligrosos aquellos que dejan menos de tres metros hasta el borde opuesto de la calzada o que directamente impiden el paso de otros vehículos. Eso es infracción grave: entre 100 y 500 euros, con 200 euros como importe habitual en este tipo de denuncias. Y si pagas en los 20 días siguientes a la notificación, te acoges al pronto pago y te quedas en la mitad: 100 euros.

El reglamento no prohíbe reservar plaza con el cuerpo, pero sí castiga ocupar la calzada y estacionar en situación peligrosa. Al final, pagas igual.

Cuánto cuesta en euros: de pie, con cajas u ocupando dos plazas

Resumiendo el mapa de sanciones, lo que te puede caer depende de cómo te pillen:

  • De pie en el hueco: hasta 100 euros por invasión de la calzada (artículo 122.6 del RGC).
  • Con sillas, conos o cajas: sanción municipal, habitualmente 200 euros.
  • Con el coche ocupando dos plazas: falta grave, entre 100 y 500 euros, más grúa y depósito si procede.

El caso de las cajas y los conos es el más frecuente en calles comerciales y en aparcamientos de superficie. Aquí no manda el reglamento estatal, sino la ordenanza municipal de cada ayuntamiento, así que la cuantía exacta varía según dónde vivas. La cifra que se repite en la mayoría de localidades es de 200 euros y no lleva detracción de puntos. Ojo con un detalle: dejar un objeto en la vía pública tampoco es inocuo, porque puede acabar considerado un obstáculo a la circulación y eso agrava la lectura del agente.

Hay un cuarto escenario que sale carísimo: que te lleven el coche. A la multa hay que sumarle la grúa y el depósito, y el conjunto se te puede ir por encima de los 150 euros solo en traslado. Ahí ya no hablamos de una carrera por un hueco: hablamos de una mañana perdida y de una factura doble.

Por qué la policía está extremando la vigilancia

La razón de que los agentes hayan puesto el foco es sencilla. En zonas de alta rotación, la reserva de plaza se convierte en un conflicto vecinal: los huecos son un recurso escaso y, cuando alguien los bloquea con una silla o con un acompañante, el resto de conductores denuncia. De ahí que la vigilancia haya subido en calles comerciales, entornos de estación y áreas con ORA (la zona azul y naranja), donde cada minuto de ocupación se factura y el hueco tiene un precio por hora.

La doctrina tampoco es nueva. Los artículos 91 y 122.6 del RGC llevan años en vigor y ya se han utilizado para sancionar ocupaciones de calzada, aunque hasta ahora se aplicaban con manga ancha. Lo que cambia es la intensidad del control, no la norma: no hay una reforma a la vista ni una fecha de entrada en vigor pendiente. Lo que hay es más ojos en la calle.

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¿Y si te llega la denuncia? Revisa dos cosas antes de pagar: el artículo invocado y el importe. Si te han sancionado por peatón en la calzada pero tú no estabas esperando, o si el hueco no impedía el paso de otros vehículos, tienes margen para alegar dentro del plazo de 20 días. Eso sí, si alegas pierdes el descuento del 50%. Hay que elegir: pagar rápido y barato, o discutir y arriesgarse.

El consejo de siempre, el que evita disgustos: si vas de acompañante, espera en la acera con el móvil en el bolsillo y sin invadir un centímetro de asfalto. Si eres tú el que conduce, no dejes conos, ni cajas, ni una silla plegable en el sitio. El hueco se pierde en diez segundos; la multa te persigue semanas.

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Ficha de la Multa

  • A quién afecta: a cualquier conductor y a sus acompañantes en calles comerciales, zonas de alta rotación y aparcamientos con ordenanza municipal propia.
  • Cifras a tener en cuenta: hasta 100 euros por esperar de pie en la calzada; 200 euros por colocar cajas, sillas o conos; entre 100 y 500 euros por estacionar en situación peligrosa, con pronto pago del 50% en 20 días; más de 150 euros si hay grúa y depósito.
  • Consejo para evitarlo: espera en la acera, no dejes objetos en la vía y no ocupes dos plazas para guardar sitio. El hueco no compensa la sanción.