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miércoles, 4 febrero 2026

Si te han puesto una multa de este tipo, estás de suerte: el fallo que condena al Ayuntamiento de Madrid y con el que 10.000 conductores recuperarán sus puntos

Un tribunal de Madrid da la razón a un conductor y anula la multa y la retirada de puntos por una infracción captada por un radar 'foto-rojo'.

Hay multas y multas. Algunas que recibes y pagas sin poner ninguna pega, porque sabes perfectamente que has cometido esa infracción y que no hay reclamación posible. Pero otras están mucho más al filo de la ley y es posible que rasques algo si decides presentar una alegación.

Es lo que está pasando ahora en la ciudad de Madrid con las famosas multas foto-rojo, es decir, las que te ponen por saltarte un semáforo en rojo. Una sentencia reciente ha obligado al Ayuntamiento de la capital a devolver los puntos retirados a un conductor porque la sanción nunca fue notificada correctamente. Y lógicamente, esto sienta precedente para otros tantos conductores en la capital y en otras ciudades españolas.

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¿Qué son las notificaciones edictales y los puntos ‘fantasma’?

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La DGT nunca avisa por correo electrónico ni por SMS de las multas | Fuente: propia / IA

Al margen de esta situación concreta, la sentencia apunta a un problema estructural. La notificación edictal, es decir, publicar una sanción en un boletín oficial, no está pensada como un atajo administrativo. El Tribunal Constitucional lleva tiempo recordando que es un recurso excepcional que solo se debería utilizar cuando se han agotado otras vías para localizar al conductor.

El fallo de Madrid refuerza lo que ya llevaba tiempo diciendo el Supremo, porque no se puede asumir que un ciudadano deba consultar a diario el BOE ‘por si acaso’. Antes, la Administración debe intentar notificar por los medios habituales y usar los registros disponibles. Si no lo hace, el procedimiento queda viciado.

Por otro lado, durante muchos años se lleva normalizando la idea de anular el pago de la multa por defectos de forma, pero mantener la retirada de puntos como si fuera algo totalmente independiente. Pero ahora la sentencia deja claro que no lo es. La sanción económica y la retirada de puntos son un ‘todo’ indivisible, así que si hay un defecto de forma en el procedimiento, todo lo demás deja de ser válido.

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