Esta es la pregunta del millón para todos los residentes en Madrid y Barcelona que tengan un vehículo sin etiqueta ambiental. Y la respuesta no es la misma en las dos ciudades. Si bien la capital de España ha concedido una moratoria de un año más, la Ciudad Condal es mucho más restrictiva con los vehículos sin distintivo y también con los etiqueta B.
Y con tanto cambio, es completamente normal que no sepas si vas a poder acceder con tu coche sin pegatina ambiental a tu barrio a partir del 1 de enero de 2026. A continuación, resolvemos todas las dudas de las Zonas de Bajas Emisiones.
1¿Qué ocurrirá en Madrid con los coches sin etiqueta?
La intención inicial del Ayuntamiento de Madrid es que los residentes con vehículos sin etiqueta no pudieran acceder a la capital a partir del 1 de enero de 2025. Sin embargo, concedieron una moratoria de un año, así que teóricamente la prohibición comenzaría este 1 de enero de 2026. Sin embargo, el consistorio ha concedido una segunda prórroga, que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026.
Es decir, si tienes un vehículo sin etiqueta ambiental empadronado en la ciudad de Madrid y registrado en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) municipal, podrás seguir entrando durante todo este 2026. La prohibición, si no hay más prórrogas, comenzará el 1 de enero de 2027.
Eso sí, el resto de coches sin distintivo ambiental no tienen esa posibilidad y llevan todo este año sin poder acceder a las ZBE. Si lo hacen, la sanción económica será de 200 euros.
¿Afecta a toda la ciudad de Madrid? Sí, porque la ZBE abarca todo el término municipal, incluidos los 21 distritos. También se mantienen las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), como Distrito Centro y Plaza Elíptica. La M-30 forma parte del área regulada, mientras que la M-40, la M-45 y la M-50 quedan fuera al ser vías interurbanas.
Existen excepciones, pero son muy concretas. Por ejemplo, los vehículos históricos pueden circular un máximo de 96 días al año, mientras que los destinados al traslado de personas con movilidad reducida tienen permiso si están registrados. También quedan fuera de la restricción los servicios de emergencia y las Fuerzas Armadas. Además, el Ayuntamiento contempla autorizaciones puntuales por motivos médicos, laborales o de interés general.








