La DGT estrenó normativa en 2026 para los patinetes eléctricos y cambió la edad mínima a la que se pueden conducir

La Dirección General de Tráfico actualiza la regulación de patinetes eléctricos. La edad mínima recomendada pasa a ser 16 años. También se refuerzan las obligaciones de registro, seguro y normas de circulación.

La movilidad urbana en España ha cambiado de forma radical en los últimos años, y en buena parte se debe al auge de los vehículos de movilidad personal. Los patinetes eléctricos han pasado a convertirse en una alternativa real al coche o al transporte público, sobre todo en grandes ciudades. Ese crecimiento ha obligado a la DGT a adaptar la normativa para garantizar la convivencia y la seguridad.

En este 2026 ha entrado en vigor un nuevo marco regulador que introduce cambios importantes en el uso de los patinetes eléctricos; entre ellos, el criterio sobre la edad mínima para poder conducirlos. Aunque no es una ley estatal cerrada, sí marca una referencia clara que muchos ayuntamientos ya han adoptado, con el objetivo de reducir accidentes y unificar normas en todo el país.

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Normas básicas que todo usuario debe cumplir

Fuente propia

Además del criterio sobre la edad, la DGT también ha reforzado las normas generales que deben cumplir todos los usuarios de patinetes eléctricos en España. Las reglas son comunes en todo el territorio y afectan tanto a menores como a adultos, independientemente de la ciudad en la que circulen.

Entre las prohibiciones se mantiene la de circular por aceras y zonas peatonales, así como por vías interurbanas, autovías, autopistas o túneles urbanos. La velocidad máxima permitida es de 25 km/h y está totalmente prohibido usar el móvil o llevar auriculares mientras se conduce. La DGT insiste: los conductores de patinete deben respetar las mismas normas básicas de seguridad vial que cualquier otro vehículo.