Hacer la declaración de la renta sigue siendo, para muchos, una de las tareas más temidas del año. Sin embargo, pocos saben que el coche puede convertirse también en un aliado fiscal. Sobre todo si se utiliza para trabajar o desarrollar una actividad económica. Cuando toca rendir cuentas con Hacienda, llegan las preguntas: ¿puedo desgravar gasolina?, ¿y el seguro?, ¿qué pasa si es eléctrico?
María, economista y asesora fiscal, lo resume con claridad: «Muchas personas pierden dinero en la renta por desconocimiento. Hay muchos gastos del coche que se pueden incluir, depende de quién seas y cómo utilices el vehículo«. Existen numerosas facturas que pueden incluirse legalmente en la declaración, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Y ahí es donde surgen las dudas.
5Asalariados: eléctricos, híbridos y punto de recarga
Los trabajadores por cuenta ajena tienen menos margen de deducción, pero también cuentan con oportunidades interesantes en la renta. Una de las principales afecta a los vehículos con etiqueta Cero; es decir, eléctricos e híbridos enchufables con más de 40 km de autonomía homologada.
Si el coche es de uso particular —no vinculado a una actividad económica— y ha sido matriculado entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2025, se puede deducir hasta un 15% de su coste en el IRPF. La medida es compatible con las ayudas del Plan MOVES, lo que supone un incentivo adicional para apostar por la movilidad sostenible.
Además, también se puede incluir en la renta la instalación de un punto de recarga en casa, con un límite máximo de deducción de 4.000 €. Un detalle que muchos propietarios pasan por alto y que puede suponer un ahorro considerable.


