Un expediente sancionador de la CNMC apunta a once empresas de autocares por repartirse los contratos de transporte escolar en Castilla-La Mancha. Si la investigación acaba en sanción, cada implicada se juega hasta el 10% de su volumen de negocio.
El caso tiene número: S/0017/25. Y tiene tres patas. Las empresas, los directivos que habrían participado en los acuerdos y las dos asociaciones provinciales que agrupan al sector. Entre unos y otros, 22 nombres dentro del mismo expediente.
Esto no es un papel más en un cajón. El transporte escolar mueve contratos públicos todos los años y, en una comunidad con cientos de municipios pequeños y muchos kilómetros entre ellos, la ruta del colegio es un servicio que no admite improvisaciones ni sobrecostes.
La investigación arrancó desde dentro de la propia administración: la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de Castilla-La Mancha trasladó el asunto a la CNMC. En octubre de 2025, los inspectores entraron en las sedes de Compañía Europea de Viajeros España, S. A. y Autocares Marín Colmenero, S. L. Ahí empezó todo.
Qué se investiga: reparto de licitaciones y tarifas pactadas
El expediente cubre dos mercados distintos. Por un lado, el transporte escolar, donde se investigan acuerdos e intercambios de información para manipular, y repartirse las licitaciones públicas. Por otro, el transporte discrecional de viajeros por carretera, donde el foco apunta a la fijación de precios y al reparto del mercado entre competidores.
La CNMC describe cuatro mecanismos concretos. Los pongo en orden porque son el manual que se repite en casi todos los cárteles que acaban en sanción.
Cuando once empresas que compiten por el mismo contrato presentan ofertas que encajan como piezas de un puzle, la casualidad deja de ser una explicación razonable.
- Intercambios de información estratégica: las empresas se cuentan de antemano qué van a ofertar y por cuánto.
- Tarifas mínimas recomendadas: se pacta un suelo de precio para no competir a la baja.
- Ofertas de cobertura: una empresa presenta un presupuesto alto solo para que la adjudicataria pactada parezca la más barata.
- No presentación de ofertas: se dejan sillas vacías en el concurso y el ganador designado se queda solo.
Todas ellas son prácticas contrarias a la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos entre competidores que restrinjan la competencia. Y ojo con quién paga la fiesta: entre los afectados hay organismos autonómicos y locales, además de clientes privados que contratan autocares para desplazamientos y excursiones.
Las once empresas y los nueve directivos señalados
La incoación del expediente nombra una por una a las sociedades investigadas. Estas son:
- Autocares Álvarez Serrano Hermanos, S. L.
- Autocares Demetrio Álvarez e Hijos, S. L.
- Autocares García Bus, S. L.
- Autocares IM Gómez, S. L.
- Autocares Marín Colmenero, S. L.
- Compañía Europea de Viajeros España, S. A.
- Jesús Álvarez Escobar, S. L.
- Ramos Bus, S. L.
- Ricardo y Navabus, S. L.
- Te Llevo 2003, S. L.
- Victorino Álvarez, S. L.
Además de las sociedades, el expediente incluye a nueve directivos de varias de ellas y a dos asociaciones del sector: la Federación Regional de Transporte de Viajeros por Carretera de Castilla-La Mancha y la Asociación Provincial de Transportistas de Viajeros por Carretera de Toledo. El grado de participación de cada uno se irá aclarando a lo largo de la instrucción, según la nota oficial publicada por la CNMC.
Qué se juegan: hasta el 10% del volumen de negocio
Aquí viene lo que duele. La Ley 15/2007 permite a la CNMC imponer multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de la empresa infractora en el ejercicio anterior. Y no responden solo las sociedades: la norma contempla también sanciones individuales para los directivos que hayan intervenido en el acuerdo.
Eso sí, hay una puerta abierta y las empresas la conocen bien. El programa de clemencia permite a los miembros de un cártel librarse de la multa si aportan pruebas que permitan detectarlo. El que llega primero, se salva. Y hay un premio extra que en este negocio vale tanto como el dinero: las empresas que colaboran no arrastran la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas si acaban sancionadas.
Para la CNMC, la lucha contra los cárteles es una prioridad declarada, y no por casualidad. Cada euro que se paga de más en un contrato amañado sale de las arcas de una administración y, al final, del bolsillo del contribuyente que financia el autobús de sus hijos.
El calendario, por ahora, es una incógnita. La ley fija un plazo máximo de dieciocho meses para instruir y resolver desde la incoación, sin contar las suspensiones que puedan producirse por recursos. Mientras se instruye, el curso escolar sigue y las rutas tienen que estar cubiertas cada mañana.
Información útil para el conductor
- Base legal: Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos entre competidores y habilita las multas de hasta el 10% del volumen de negocio.
- Empresas afectadas: once sociedades de autocares de Castilla-La Mancha, entre ellas Compañía Europea de Viajeros España, S. A. y Autocares Marín Colmenero, S. L., ya inspeccionadas en octubre de 2025.
- Investigados: nueve directivos y dos asociaciones provinciales, la Federación Regional de Transporte de Viajeros por Carretera de Castilla-La Mancha y la Asociación Provincial de Transportistas de Viajeros por Carretera de Toledo.
- Consecuencia: el expediente S/0017/25 puede acabar en multas millonarias o en archivo; el programa de clemencia permite librarse a quien aporte pruebas primero.
- Consejo de Merca2.es: si tu empresa concurre a licitaciones públicas, guarda registro de todas las comunicaciones con competidores. Un intercambio de tarifas por WhatsApp es prueba directa en un expediente de competencia.

