En los últimos años, el parque móvil español ha experimentado una transformación significativa. La incorporación de coches eléctricos e híbridos, junto con una mayor conciencia ambiental, ha llevado a un aumento en las bajas de vehículos antiguos. Dar de baja un vehículo no es solo una cuestión de deshacerse del coche, sino un proceso administrativo que implica varios pasos. Desde asegurarse de que el coche sea llevado a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) hasta la notificación a la Dirección General de Tráfico (DGT), cada detalle cuenta para que el proceso sea exitoso y legal.
El primer paso en este viaje es llevarlo a un CAT, donde se encargan de su descontaminación y reciclaje. Una vez que ha sido desguazado y dado de baja oficialmente, se emite un certificado de destrucción y la baja definitiva en el registro de la DGT. Sin embargo, hay un paso adicional que no debes olvidar: la devolución del impuesto de circulación.
1El impuesto de circulación: un tributo a considerar

El impuesto de circulación, conocido formalmente como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), es un tributo anual que todos los propietarios de vehículos deben pagar a su ayuntamiento. Este impuesto grava la tenencia del vehículo y su cuantía varía dependiendo del municipio y las características del coche, como su potencia fiscal y tipo de combustible.
Cuando decides dar de baja tu coche, es importante recordar que tienes derecho a la devolución de la parte proporcional del impuesto de circulación que no hayas usado. Por ejemplo, si das de baja tu coche a mitad de año, puedes reclamar la devolución del impuesto correspondiente a los meses restantes del año.